¿Qué ventajas fiscales reporta la venta de pisos en Móstoles?
El municipio de Móstoles está ubicado en la Comunidad Autónoma de Madrid. Esta localidad se ha convertido en una principal ciudad dormitorio de la capital de España. Vender casas en Móstoles contrae una serie de beneficios fiscales que vamos a enumerar a continuación.
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Venta de la viivenda habitual
Cuando el piso que se va a vender está destinado a la vivienda habitual se pueden obtener beneficios fiscales si el dinero destinado por la venta del inmuble va a dedicarse a la compra o rehabilitar otra vivienda habitual. Se entiende por vivienda habitual aquella que constituye la residencia durante un plazo continuado de al menos tres años. En el caso de la vivienda recién adquirida, debe ser habitada durante doce meses. La reinversión de vender una vivienda habitual a comprar otra con las mismas características, debe producirse en el período de dos años anteriores, toda venta fuera de este plazo computaría como ganancia patrimonialen la declaración de la renta y estaría sujeta a un pago de impuestos con un gravamen del 19%.
Alquiler con opción de compra
Debido a los problemas que ponen los bancos para conceder hipotecas, una de las opciones para poder vender los pisos en Móstoles es realizar un contrato de alquiler con opción de compra. el contrato se realiza por un período determinado, en el cual, los arrendatarios tendrán que pagar una cantidad mensual, pasado el período pactado pueden optar por comprar la vivienda y se les descontará lo que han pagado en regimen de alquiler. si no les interesa comprar la vivienda se podrá renovar el contrato por otro período. El propietario de la vivienda se puede beneficiar de los pautas estatales para los alquileres a jóvenes menores de treinta años como, por ejemplo, una reducción del 100 por cien de lo que cobren por el alquiler.
Informaciones complementarias
Se pueden consultar de ayudas para la venta de pisos que da Comunidad de Madrid, si bien es cierto que, normalmente las ventajas fiscales son para las personas que compran las viviendas y no para los que compran el piso. Por otro lado, si no se vende una vivienda para comprar otra que sea vivienda habital habrá que pagar un impuesto elevado porque, como bien dice la constitución, "la comunidad participará de las plusvalías".