Tres claves de oro para los registros y marcas de empresa
A la hora de registrar una empresa correctamente, es conveniente tener una serie de cuestiones en mente. Aquí se explican estos elementos para que el registro de marcas y sociedades se simplifique.
Registro de sociedades
Cuando los usuarios buscan poner en marcha su propia sociedad, entonces deben realizar registros en la oficina de marcas y patentes correspondiente. Esta oficina es la que se encarga de darle status societario al nuevo emprendimiento, además de poder realizar consultas sobre nombres disponibles a la hora de dar a luz a la sociedad. Si bien es interesante contar con la ayuda de un asesor a la hora de registrar una marca o patentar un producto o idea, a continuación se explican algunos elementos a tener en cuenta para facilitar el trámite en cuestión.
¿Qué se necesita?
Estatutos firmados. Antes de iniciar un procedimiento de registro, es conveniente solicitar todos los documentos y estatutos societarios, para así tener estos elementos firmados por los integrantes y regulado por notario público. Si bien estos estatutos y sus modelos están disponibles en las oficinas del Registro de Sociedades, también pueden obtenerse en esta dirección: Crear-empresas.com Nombre societario. Otro elemento que ayuda a acelerar el momento del trámite es el nombre que la sociedad tendrá, en la medida que este debe ser único y no debe estar previamente registrado. Existen dos opciones para saber si el nombre que decidió el usuario es único: la primera es ingresar a la página oficial del registro de patentes y utilizar el localizador. Este servicio es gratuito pero limitado. La otra opción es acercarse a la oficina registral y realizar una búsqueda de nombre, la cual tiene un costo. De todas formas, es posible ahorrarse este paso si previamente se corroboró que el nombre no estuviese tomado en la página web, esto puede hacerse en Rmc.es Autónomos. Por último, para que el trámite sea rápido, todos los socios deben darse de alta como autónomos y tener sus papeles al día, ya que caso contrario no podrán ser socios de la sociedad a crear.