Tres recursos para sacar a una empresa de las listas RAI
La crisis mundial ha obligado a personas, particulares y jurídicas, a caer en situación de morosas y a ser anotadas, consecuentemente en los ficheros de las empresas que han profesionalizado ésta labor. Las personas que han caído en impagos tienen ciertos derechos para poder recuperar su buena imagen comercial y crediticia.
Hay listas donde se debe procurar no estar
Las empresas que administran los ficheros de personas que han devenido en morosas no tienen como distinguir la buena o mala fe de quienes incurrieron en esa condición.
Algunos ficheros
- Rai. Registro de Aceptaciones Impagas. Dedicado a las personas jurídicas.
- Asnef
- Badexcug.
- Equifax.
- Experian.
Regla de oro
- Como nunca, por el momento crítico, hay que mantener al departamento de crédito con una mano atada, al de finanzas con los ojos muy abiertos y con sus cálculos muy claros y al de cobranzas como al mejor aliado de la empresa.
- En el caso de los particulares; deben recurrir a las tarjetas de crédito sólo si es necesario y elaborar presupuestos reales.
Para ingresar al fichero RAI simplemente hay que caer en morosidad por un importe de 300€ o más.
Para salir del fichero RAI
- Pagando la deuda.
- Por el paso del tiempo. RAI mantiene al moroso en sus ficheros por 30 meses.
- Si se demuestra que la deuda no existe. Incumplimiento de un requisito legal.
Formas legales para salir de las listas de morosos
Ley Orgánica 15/1999
- Ámbito de regulación
Requisitos obligatorios que deben existir para ser pasible de ser anotado en una lista de morosos.
- Existencia cierta, vencida y exigible d un impago.
- Que haya existido un requerimiento previo exigiendo el pago.
- Cuando el informe del acreedor es inexacto deberá en la brevedad comunicarlo al responsable de los ficheros para que haga las rectificaciones.
- El responsable de los ficheros deberá retirar de sus listas a quien aporte documentación fehaciente que prueba el incumplimiento de algún requisito que la ley señala.
- Los 90 días
Es el tiempo que debe haber transcurrido, sin haber cobrado, para que las empresas puedan solicitar la anotación del moroso.
- Los 30 días
Es el tiempo de que disponen los propietarios de los ficheros para comunicar a los afectados de su ingreso a sus registros.
Requisitos para salir de un registro de morosos
- Solicitud donde el anotado pide conocer los datos que hay en el fichero.
- El interesado presenta la documentación que lo identifica, si es persona natural, su DNI.
Tiene que adjuntar el comprobante que prueba haber realizado la cancelación de la deuda que lo llevó a estar anotado. La Agencia de Protección de Datos señala que el interesado debe recibir en los 10 días siguientes una respuesta.
- De no ser así el interesado corre traslado de la su solicitud y la documentación a la Agencia para que ésta curse la reclamación.
Presupuestos muy ceñidos a los ingresos son el mejor consejo para no caer en las "listas negras" de los profesionales en confeccionarlas.