Cómo hacer tu Plan de Ahorro para Vivienda
Las diferentes posibilidades que existen a la hora de rentabilizar los ahorros a través de una cuenta vivienda y los aspectos que deben tenerse en cuenta antes de su contratación.
/wedata%2F0018037%2F2011-04%2FCasa-en-venta.jpg)
¿Qué es una Cuenta Vivienda y qué beneficios aporta?
La Cuenta Vivienda permite ahorrar en la compra de la primera vivienda y aprovechar una ventaja fiscal en la declaración de la renta, ya que sirve para desgravar, al igual que si se contratara una hipoteca. Se trata de una deducción del 15% que puede aprovecharse durante 4 años y por un límite máximo de 9.040 euros anuales por declaración, según las condiciones para 2011. El ahorro de esta cuenta es claro. Si ahorramos el máximo de 9.40 euros, estamos ahorrando un 15% anual en el pago a Haciendo, lo que equivale a 1.356 euros, una cantidad anual nada despreciable. Eso sí, hay que tener en cuenta que este tipo de renta vivienda conlleva la adquisición del bien en un plazo máximo de 4 años, por lo que sólo es adecuada para quienes estén pensando en invertir en ese periodo. Este tipo de cuenta es ofrecido en la mayoría de bancos y cajas con un interés atractivo, aunque siempre es importante realizar una comparación. El dinero de esta cuenta se puede utilizar sin restricciones, contabilizándose el importe depositado a día 31 de diciembre, razón por la que son muchos los consumidores que abren estas cuentas a finales de año, para rentabilizar a través de otras fórmulas sus ahorros y depositándolo nuevamente en esta cuenta antes del fin de plazo.
Requisitos y condiciones de la Cuenta Vivienda
Esta deducción no es aplicable a todas las rentas, ya que sólo podrán beneficiarse de ella las que no superen los 17.707 euros anuales. Si la renta se sitúa entre esta cantidad y los 24.107 euros, la deducción será el resultado del siguiente cálculo: 9.040-(rentas anuales-17.707) x 1,4125. Si la renta supera los 24.107 euros, no habrá derecho a deducción. Para este tipo de cuentas que hayan realizado sus trámites en años anteriores, podrán seguir disfrutando en las mismas condiciones, aunque quienes superen el umbral de 24.107 euros, dejarán de disponer de estos beneficios legales. Sea cual su situación, quienes dispongan de esta Cuenta Vivienda, se comprometen a realizar la compra de este inmueble en el plazo indicado. En el caso de no hacerlo, deben devolver la cantidad deducida más un 5% por intereses de demora.