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¿Cómo reclamar una herencia?

Pasos a seguir para reclamar una herencia de la que pueda ser beneficiario.

Regulación jurídica

La regulación que tenemos en España sobre las sucesiones la encontramos en el Código Civil, concretamente en el Libro III, Título III, los artículos 657 y siguientes. No existe ninguna ley de herencia o alguna otra ley que expresamente regule ésta institución, comunmente hablando, sino que todo lo relacionado con las sucesiones lo encontramos en la legislación mencionada.

Reclamar la herencia

En primer lugar, para reclamar la herencia o la parte que te corresponda, el interesado de saber si puedes considerarse heredero. Si es hijo del causante, es heredero, si no lo es, deberá informarse en el Código Civil sobre la condiciónque posee, ya que es algo demasiado extenso para explicar en éste artículo, concretamente la información está disponible en los artículos 744 y siguientes. También se debe confirmar si de verdad existe testamento que atribuya cada bien a un heredero o legatario, ya que si no lo hubiera, la sucesión sería legal, y regularía el Código Civil el fin de cada bien o propiedad. Por tanto, podemos encontrarnos ante una herencias con testamento o ante herencias sin testamento. Cuando una persona ya sabe su condición respecto a la herencia, ha de acudir al juez para que tramite toda la sucesión, y que atribuya la propiedad de los bienes, o lo que el testador hubiere deseado, a cada una de las personas a las que les corresponde. Recordemos que cada uno de los herederos puede renunciar a una herencia, de modo que no le correspondería la parte que se le hubiera asignado. También hay que tener presente, que la competencia para concer de este tipo de situaciones corresponde al tribunal del lugar en que el finado tuvo su último domicilio, ya que es una competencia especial que se establece en el artículo 52.1.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Por lo tanto, si se interpone la pretensión ante otro tribunal distinto, se declarará incompetente y no resolverá sobre la cuestión planteada. Los herederos podrán aceptar la herencia a beneficio de inventario, en el que se realiza una formación del inventario y se separan el pasivo y el activo, para que las deudas que hubiera podido contraer el finado no repercutan sobre su propio patrimonio. Aunque para todas éstas cuestiones, que pueden ser muy relevantes, será más recomendable contratar un abogado de herencias.

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